Estatutos del Partido

TITULO I: Declaraciones y fines


Art. 1º.-El Partido Liberal Radical Auténtico  declara:

  1. Que es genuinamente nacionalista, y que su nacionalismo arraiga en la profunda admiración de la historia y el hombre paraguayo, y en el cultivo de la tradición y los valores del patriotismo;
  2. Que el respeto a la Constitución, libremente adoptada por el pueblo paraguayo, y su leal  aplicación, es deber inexcusable del Gobierno de los ciudadanos;
  3. Que los gobiernos y ciudadanos que en procura de los fines políticos se aparten de las normas constitucionales, por ese hecho, se ponen fuera de su amparo y protección.

Art. 2º.- El Partido Liberal Radical Auténtico, como democrático, como pluralista, y policlasista, entiende que dentro de su seno, pueden coexistir armónicamente distintas corrientes de opinión, y en consecuencia, admite que ellas queden canalizadas a través de movimientos, con la sola limitación que ajusten sus ideas al ideario programa del Partido; respeten estos estatutos y reconozcan en todos sus actos a las autoridades partidarias.

Art. 3º.-Los fines de esta asociación política son: organizar, educar, y conducir al pueblo paraguayo hacia la creación de nuevas estructuras políticas, económica, sociales, y culturales a fin de realizar integralmente la libertad, afirmar la dignidad de la persona humana, consolidar la justicia, y el bienestar de todos los habitantes, y acelerar el desarrollo de la nación paraguaya, organizada bajo un sistema de servicio del hombre y la comunidad, especialmente:

a) En el orden político: El restablecimiento de un sistema democrático liberal;

b) En el orden económico: La instauración de un sistema que permita que la economía se ponga al servicio del bienestar general, teniendo en cuenta que su objetivo es servir al hombre y a la colectividad;

c) En el orden social: un régimen de justicia social, a fin de que la riqueza nacional se administre mejor, para felicidad colectiva. Haga posible la extensión y difusión de la propiedad y bienes a todos los habitantes de la República, y disminuya las desigualdades sociales y económicas;

d) En el orden cultural: La adopción de normas, leyes y procedimientos basados en el desarrollo de los conceptos éticos que aseguren el respeto a la libertad de la persona humana, la tolerancia ideológica y religiosa, y la universalización de la cultura;

e) En el orden jurídico: La consagración y observancia de los derechos del hombre y un nuevo ordenamiento que contemple la evolución jurídica contemporánea aplicada a la realidad nacional;

f) En el orden nacional: La paz de la República, fundada en la concordia nacional y la armonización de los intereses políticos, económicos y sociales, individuales y colectivos;

g) En el orden internacional: La afirmación categórica de la soberanía nacional, la integración a una comunidad de naciones democráticas, la solución pacifica de los conflictos internacionales, y la cooperación de las naciones para el progreso de los pueblos;
h) En el orden partidario: el estimulo de la capacitación política, el desarrollo del espíritu cívico de los ciudadanos, la disciplina consciente, y la conducta ética de todos sus integrantes, especialmente de sus dirigentes.

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