Estatutos del Partido

TITULO XI: DISPOSICIONES ESPECIALES


Art. 81°: En caso de que por motivos ajenos a la decisión del Partido, no pudieran realizarse las elecciones internas ni pueda reunirse la Convención; el Directorio podrá disponer la realización de elecciones reservadas en las que se garantizaran el secreto del voto y el control de los padrones y de todo el proceso eleccionario por los patrocinadores de listas. Se entiende que estas elecciones serán medidas de absoluta excepción y el Directorio establecerá las normas que seguirán en ellas. Se consideraran causas ajenas al Partido la prohibición permanente de reunión, de asambleas o Convenciones, por el poder público. Cesado el impedimento deberán reunirse las asambleas y la Convención del Partido quedando todo lo actuado a consideración de las mismas.
volver al indice

Guía digital

  • Utilice la guía digital PLRA para conocer los datos de contacto del plantel de liberales: autoridades, camaristas, apoderados, concejales, ministros, directores, convencionales, etc.
  • Haga click aquí para ingresar

Padrón PLRA

Descargue: